Marta es una vecina de Madrid de 58 años, viuda y propietaria de un segundo piso en el barrio de Vallecas que tenía en alquiler turístico hasta principios de 2026. Un fin de semana de febrero, al pasarse a comprobar el estado del inmueble entre reservas, encontró la cerradura cambiada y a una pareja viviendo dentro. Ni denuncia previa, ni rastro en el portero automático. Pura ocupación silenciosa.
Si estás en una situación parecida, el orden de qué hacer desde el primer día lo tienes en la guía me han ocupado el piso: qué hacer hoy y qué vía tienes.
El diagnóstico inicial
El primer instinto de Marta fue llamar a la policía. La patrulla acudió al inmueble, comprobó que no se trataba de su vivienda habitual y le explicó que, al no existir flagrancia ni allanamiento de morada, debía iniciar la vía judicial. Aquel mismo día completó nuestro cuestionario en menos de 8 minutos y recibió un dossier con tres datos clave: tipología jurídica (usurpación, artículo 245.2 CP), procedimiento recomendado (juicio rápido bajo la LO 1/2025) y plazo estimado de lanzamiento (entre 30 y 45 días si la documentación estaba completa).
El dossier no era un informe abstracto: incluía la lista exacta de documentos que su abogado iba a necesitar el día 1 (escritura, nota simple registral del último mes, recibo del IBI 2025), la referencia a los tres artículos del Código Penal aplicables a su caso, y un calendario procesal estimado en función de la carga del juzgado de instrucción de su distrito.
El elemento decisivo: ir preparada
Marta contactó con uno de los tres especialistas del marketplace de LexData en la Comunidad de Madrid. El abogado recibió automáticamente el dossier antes de la primera llamada, lo que redujo la reunión inicial de las habituales dos horas de explicación a treinta minutos de revisión y firma del encargo profesional.
El proceso judicial
La denuncia se presentó el 18 de febrero. Gracias a la LO 1/2025, el juzgado fijó la vista del juicio rápido a 22 días vista. Los ocupantes recibieron la citación junto con el requerimiento de identificación y la advertencia de que su permanencia en el inmueble constituía un delito en curso. Uno de ellos no compareció; el otro se acogió a su derecho a no declarar.
La sentencia, dictada el día siguiente a la vista, condenaba a los ocupantes y ordenaba el desalojo en un plazo de 15 días, ampliable a 30 si acreditaban estar en situación de vulnerabilidad. Servicios Sociales no detectó vulnerabilidad acreditada, por lo que el lanzamiento se ejecutó el 4 de abril — 46 días después de la denuncia inicial.
“Lo que más me sorprendió no fue la rapidez, sino llegar a la primera cita del abogado sabiendo exactamente qué iba a pasar y cuándo. Eso me ahorró semanas de ansiedad.”
Qué hizo distinto este caso
Tres factores diferenciaron este caso de lo habitual (los plazos reales de estos procedimientos varían mucho según el juzgado y la comunidad autónoma):
- Identificación correcta del tipo penal desde el día 1 — no confundir usurpación con allanamiento ahorra meses de procedimiento equivocado.
- Documentación registral completa entregada al abogado en la primera cita: la nota simple actualizada y la escritura bloquearon cualquier intento de defensa basado en ocupación prolongada.
- Acogerse al juicio rápido de la LO 1/2025 en lugar del procedimiento abreviado tradicional, considerablemente más largo.
Esa rapidez no es la norma: los plazos varían mucho de una comunidad a otra. Para situar tu caso, puedes consultar los plazos medios por comunidad según los datos del CGPJ.
Conclusión
El caso de Marta no es una excepción afortunada: es el resultado predecible cuando se identifica correctamente la vía legal aplicable y se llega al abogado con la documentación ordenada. Un error en los primeros días puede multiplicar el tiempo total del proceso, y la mayoría de propietarios cometen ese error simplemente por desconocer qué tipo penal aplica a su caso concreto.
Si te encuentras en una situación parecida, el primer paso útil no es llamar a un abogado a ciegas — es identificar con precisión qué procedimiento aplica al tipo exacto de ocupación que tienes. A partir de ahí, todo lo demás se vuelve mucho más sencillo.





